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Preocupa actuación del INAI frente a corrupción y violaciones a derechos humanos

México D.F. a 14 de julio de 2015.- En las últimas dos semanas, el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (Inai) ha ignorado los principios y bases recientemente aprobados en la Ley General de Transparencia al votar por el cierre de la información en dos temas que nos involucran por la gravedad, por el contexto de violaciones graves a derechos humanos y de corrupción que vive el país. Los que suscribimos este comunicado abogamos porque estas resoluciones no sean el reflejo de una tendencia del organismo garante por cerrar información de interés público. En contexto, el 24 de junio los comisionados Monterrey, Puente, Kurczyn y Acuña confirmaron la reserva de la averiguación previa, abierta en la jurisdicción militar, en contra de los ocho elementos involucrados en los sucesos de Tlatlaya[1], sin considerar que esta información está relacionada con hechos que han sido declarados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) como violaciones graves a derechos humanos. La semana pasada[2], con la misma distribución del voto, se determinó la reserva de información del origen y destino de las bitácoras de viaje de las aeronaves de Comisión Nacional del Agua (Conagua), las cuales hacen referencia al caso del extitular de esta dependencia, David Korenfeld, quien fue sancionado previamente por la Secretaría de la Función Pública (SFP) por el uso indebido de un helicóptero oficial. En el primer caso, la argumentación para determinar la reserva de la información fue que el expediente abierto en la jurisdicción militar perseguía únicamente los delitos de este orden, más no los relacionados con violaciones graves a derechos humanos. Es importante destacar que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) nunca permitió el acceso al expediente y a pesar de esto, los cuatro comisionados decidieron reservar. En el segundo caso, consideraron que la información contenida en las bitácoras –hasta el mes de abril del 2015– podría generar patrones de vuelo, lo que a su vez generaría una afectación a la seguridad nacional además de poner en peligro a los funcionarios que viajan en los mismos. Vale la pena recordarle al Inai que los principios y bases de la Ley General de Transparencia son aplicables –de acuerdo al Primer Artículo Transitorio– desde su entrada en vigor. Así, la nueva ley considera como principio rector que ninguna información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad o actos de corrupción puede estar sujeta a reserva. También prevé la obligación del Inai de tener a la vista, durante la sustanciación del recurso, la información que se considera reservada a fin de descartar la existencia de un interés público oculto de forma indebida. Por último, la ley es clara al determinar que cualquier reserva debe estar acompañada de una prueba de daño a manera de motivación reforzada, lo que no sucedió en ninguno de los dos casos. El Inai es la cabeza del Sistema Nacional de Transparencia y sus criterios serán orientadores para los organismos locales. En el Sistema, se determinarán los criterios, reglas y lineamientos para que la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos se conviertan en una política transversal. De esta manera, es que las resoluciones referidas se convierten en un foco de preocupación para los que suscribimos este comunicado. La Ley General de Transparencia no logrará sus objetivos sin la autonomía del pleno. Los firmantes externamos nuestra legítima preocupación por la prevalencia de la plena autonomía e independencia de decisiones del Inai, para efectos de alcanzar los objetivos planteados en la Constitución, en la fortalecida Ley General de Transparencia y para la efectividad del Sistema Nacional de Transparencia. [1] RDA 463/15 [2] RDA 2200/15, 2219/15 y 2859/15 Organizaciones de la Sociedad Civil: AMEDI PUEBLA ARTICLE 19 BICITEKAS, A.C. COLECTIVO POR LA TRANSPARENCIA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN DE LA MUJER, A.C. (CIMAC) CONSEJO CIUDADANO A LA CONTRALORIA (CCC) FUNDAR, CENTRO DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN GESOC AC. GUERRERO TRANSPARENTE AC INSTITUTO MEXICANO PARA LA COMPETITIVIDAD A.C. (IMCO) INFORMACIÓN ACCESIBLE Y RENDICIÓN DE CUENTAS ASOCIACIÓN CIVIL INICIATIVA CIUDADANA PARA LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DEL DIÁLOGO MÉXICO EVALÚA MÉXICO INFÓRMATE OBSERVATORIO CIUDADANO DE LEÓN ONG CONTRALORÍA CIUDADANA PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS SONORA CIUDADANA A.C. A título personal: ADINA BARRERA ADRIANA PLASENCIA DÍAZ ANA CRISTINA RUELAS SERNA ANTONIO PÉREZ VICTORIA ARAM NATANAEL PÉREZ GUZMÁN ARELI CARREÓN BOOGGAR GONZÁLEZ GÓMEZ DARÍO RAMÍREZ SALAZAR DAVID CASARRUBIAS DAVILA ENRIQUE CÁRDENAS ENRIQUE ESPINOZA CRUZ ERIC PACHECO BELTRÁN ERICK R. ZEPEDA SALINAS EVELYN AGUADO JIMENEZ FABIOLA TANAIRI FERNANDO MONTOYA VARGAS GABRIELA MORALES MARTINEZ GABRIELA NIÑO ISABEL VERICAT IVÁN ALDAMA GARNICA JACQUELINE PESCHARD JAVIER HERNÁNDEZ RUBIO JORGE JAVIER ROMERO VADILLO JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ CHIBRÁS JOSÉ DE JESÚS JIMÉNEZ HERNÁNDEZ KATIA LEÓN LEONOR GÓMEZ BARREIRO JAVIER OLIVAREZ CASTILLO JESÚS CANTÚ ESCALANTE JESÚS CASTILLO GARCÍA JUAN PARDINAS MARÍA MARVAN LABORDE LETICIA CISNEROS MERCADO LILIA SAÚL RODRÍGUEZ LILIA VÉLEZ IGLESIAS LOURDES MORALES CANALES LUCÍA LAGUNES LUCÍA MELGAR LUCIANA RAMOS LIRA LUIS ALBERTO RAMOS PETER WINKEL REYNALDO CASTRO MELGAREJO RICARDO LUÉVANO BARRETO ROBERTO IGNACIO ALONSO MUÑOZ ROGELIO GÓMEZ HERMOSILLO SERGIO AGUAYO URÍ BARREDA VALERIA ENRIQUEZ XIMENA MEDELLÍN URQUIAGA ZULEMA OVIEDO HERNÁNDEZ

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