Nueva Ley de Obras Públicas de Sinaloa, un balance desde nuestra organización civil, POSICIONAMIENTO
El Congreso de Sinaloa aprobó el pasado jueves 9 de junio la nueva Ley de Obras Públicas para el estado de Sinaloa, que incorpora algunas de las propuestas presentadas por nuestra organización civil en las mesas de trabajo en las que participamos durante la etapa legislativa de discusión y análisis.
Reconocemos la apertura de los diputados integrantes de las comisiones de Puntos Constitucionales y Gobernación, Comunicaciones y Obras Públicas, y Planeación y Desarrollo Urbano para incorporar algunas de nuestras propuestas, Sin embargo, y a partir de las propuestas que hicimos y que no fueron tomadas en cuenta, Iniciativa Sinaloa emite el siguiente posicionamiento advirtiendo las ventanas de opacidad y de corrupción que se abren con la nueva legislación, en este tipo de procedimientos.
P O S I C I O N A M I E N T O:
A partir de un análisis detallado realizado a la nueva legislación, Iniciativa Sinaloa observa los siguientes “focos rojos” de opacidad y discrecionalidad que alentarán prácticas corruptas en nuestra entidad:
1.AMPLIAS EXCEPCIONES. Iniciativa Sinaloa insistió en que era necesario reducir las 14 excepciones que pueden ser aplicadas por nuestros gobiernos para no licitar públicamente un contrato, y en cambio adjudicarlo directamente o por invitación restringida.2. OPACIDAD Y DISCRECIONALIDAD. El sistema electrónico Compra Net Sinaloa que se crea, no garantiza las mismas obligaciones para las cuatro modalidades de contratación contempladas (licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa, así como las obras ejecutadas por administración directa). Esta última modalidad (distinta a la adjudicación directa) permitirá que nuestros gobiernos paguen obra directamente de sus presupuestos, siempre que el importe total (costo de la obra) no exceda de 15,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
3. LIMITA LA PARTICIPACIÓN Y VIGILANCIA CIUDADANA. Se crean dos figuras con participación ciudadana: los Comités de Obras Públicas, quienes deciden cuándo se aplica una de las 14 excepciones sin licitar, entre otras funciones, y los Comités Técnicos Resolutivos de Obras, facultados para emitir los fallos (decidir un ganador), pero las decisiones de estos últimos podrán ser tomadas en sesiones sin ciudadanos. Ambos comités se integrarán por tres funcionarios y dos ciudadanos, y sólo a los primeros se les da derecho a voto. Los ciudadanos tendrán derecho a voz pero no voto.4. OPACIDAD EN EL PROCESO DE APERTURA DE PROPUESTAS. Se garantiza la apertura de la propuesta técnica en sesión pública, pero la propuesta económica queda en zona de opacidad.
5. PERMITE EL CONTACTO FÍSICO ENTRE CONVOCANTE (FUNCIONARIO) Y CONTRATISTA (PARTICULAR). Se crea el sistema electrónico Compra Net Sinaloa pero no se obliga a su uso como plataforma única para concursar una licitación pública.
Nuestra organización civil insistió en que las licitaciones deben ser siempre por medios electrónicos, para evitar el contacto físico entre funcionarios y particulares, pues esto aumenta los riesgos de corrupción. Sin embargo, la nueva Ley posibilita el contacto físico entre las partes.
6. EXCLUYE CARTA DE CONFLICTO DE INTERÉS. Desde nuestra organización insistimos en que la nueva Ley debía obligar la presentación de la carta de conflicto de interés para los funcionarios y particulares participantes en ambos comités de obras, sin embargo, como tal no se incluyó, lo que permitirá que sus integrantes puedan ser juez y parte de los procesos de contratación, en cualquiera de sus modalidades, sin que los ciudadanos podamos advertirlo.
S O L I C I T A M O S:
Que a las autoridades competentes para elaborar el Reglamento de la Ley (plazo no mayor a 30 días a partir de la entrada en vigor) y a la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas del Gobierno de Sinaloa, responsable de expedir los Lineamientos respectivo (plazo de 90 días a partir de las entrada en vigor), promuevan prácticas de Gobierno Abierto, convocando a la ciudadanía a participar en la elaboración de éstos.
Lo mismo para el desarrollo y puesta en marcha del sistema electrónico Compra Net Sinaloa, solicitamos se convoque a ciudadanos interesados en colaborar en ambos procesos, a fin de asegurar la participación y apertura desde nuestros gobiernos.
Consulta el posicionamiento completo aquí
Consulta aquí el dictamen final de la nueva legislación en materia de obra pública para la entidad: Decreto LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS REL...
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