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Necesario aclarar criterios para evaluar a la Comisión de Selección

06 de noviembre de 2017-. Iniciativa Sinaloa insta al Congreso del Estado a que garantice un proceso claro, transparente y de rendición de cuentas en la designación de la Comisión de Selección.

Esta comisión será la encargada de nombrar al Comité de Participación Ciudadana. Por eso se requiere que las personas elegidas resulten de un proceso limpio donde se evalúen sus méritos y capacidades personales. En Iniciativa Sinaloa hemos realizado un comparativo de buenas prácticas y principios de gobierno y parlamento abierto[1].

Entre los principios que vemos obligados para una buena designación, enumeramos los siguientes ocho puntos a transparentar:

  1. Plazos específicos.
  2. Criterios de evaluación.
  3. No militar en algún partido político.
  4. Aclarar y, en su caso, ampliar las formas de participación ciudadana en las comparecencias públicas.
  5. Resultados de la evaluación realizada por cada diputado que integra el grupo de trabajo.
  6. Discusión pública y amplia entre de las Comisiones Unidas de Participación Ciudadana y de Justicia, las encargadas de la decisión.
  7. Fundamentación y publicación del dictamen de los candidatos idóneos.
  8. Correspondencia entre la decisión tomada y la evaluación de calidad.

¿Qué es la Comisión de Selección?

La comisión de selección es nombrada por el Congreso del Estado y está integrada por nueve ciudadanos, quienes durarán tres años en el cargo y su puesto será honorífico. Entre una de las facultades que tendrá esta comisión es la de llevar a cabo el proceso de designación del Comité de Participación Ciudadana, definiendo la metodología, plazos y criterios de selección.

¿Qué es el Comité de Participación Ciudadana?

Es designado por la Comisión de Selección y está conformado por cinco ciudadanos. Uno de ellos presidirá el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, rotándose anualmente la representación entre los cinco. Entre las funciones de este comité destacan la de proponer políticas anticorrupción, metodologías e indicadores de evaluación, así como también emitir exhortos públicos por hechos de corrupción que requieran de aclaración pública, y presentar terna para la designación del Secretario Técnico, entre otros.

SEMÁFORO DE CUMPLIMIENTO aquí 

AMBAR. Se utiliza para información que se ha transparentado de manera parcial. VERDE. Se utiliza para información transparente o con promesa de transparencia. ROJO. Se utiliza para información que no se cumplió o que no se ha anunciado que sí se va a transparentar.

[1] Organizaciones como Fundar y Artículo 19 enumeran cuáles son estándares mínimos para las designaciones públicas, documento disponible en http://bit.ly/2gacjMn

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