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Ley de transparencia es avalada en la Cámara de Diputados; se turna al Ejecutivo

Con la finalidad de establecer los principios que garanticen el derecho de acceso a la información en posesión de entes públicos, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y lo particular el decreto que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. El dictamen avalado pasó al Ejecutivo para su publicación. Consulta el dictamen completo Esta ley tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios. Todos los citados en el párrafo anterior se considerarán sujetos obligados de transparencia. En el dictamen avalado con 264 a favor, 68 en contra y una abstención, se precisa que el derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir y recabar información. Se señala que toda la información generada, obtenida, adquirida o transformada, en posesión de los sujetos obligados, será pública y accesible a cualquier persona y sólo podrá reservarse por razones de interés público y seguridad nacional. También se precisa que aquella información relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, no podrá reservarse o en su caso, se determinan los medios y mecanismos para su apertura. Se destacan los principios de transparencia a los que se deben ceñir los sujetos obligados, entre ellos el de publicidad, el cual obedece a que toda la información que estos generen, es pública con el objeto de que todo acto de autoridad sea sujeto al conocimiento de la ciudadanía. También ciñe a los sujetos obligados al principio de máxima publicidad y los obliga a documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, como principio generador de información. Igualmente, regula la existencia e inexistencia de información y los casos de declaratoria de inexistencia de manera improcedente. Otros de los principios para garantizar el acceso a la información son: la disponibilidad, la gratuidad  y se estimó garantizar la calidad de la información para que sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable Se establece que el órgano garante nacional y federal de acceso a la información será el IFAI y habrá órganos garantes locales, los cuales regirán su funcionamiento mediante los siguientes principios: certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.   [embed]https://www.youtube.com/watch?v=hYB5TpBIx8g&feature=youtu.be[/embed]   Información tomada de http://www.canaldelcongreso.gob.mx

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