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Ética y responsabilidad de las y los servidores públicos

Foro de expresión ciudadana: Orden y Civilidad (14 de febrero del 2014) Tema: Ética y responsabilidad de las y los servidores públicos. Autor: Óscar Loza Ochoa, defensor de derechos humanos en Sinaloa “No hay derecho que los derechos no sean de todos”: Julie Wark Como la advertencia que Dante Aleghiere dejara en las puertas del infierno: "déjese aquí cuanto sea recelo; mátese aquí cuanto sea vileza",  a la entrada de toda oficina pública debe dominar como sentencia la filosofía del Artículo 39 Constitucional: "todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste", con el fin de que no quepa duda ante los ojos del más modesto y el más encumbrado servidor público sobre la naturaleza de las instituciones y el marco moral y jurídico que deben regir su comportamiento atrás del mostrador o de un escritorio. Antes de señalar faltas y omisiones de nuestros funcionarios, digamos que el Estado en sus diferentes competencias ha priorizado la modernización y eficiencia en las áreas que son su soporte, como la de ingresos. Basta echar una mirada por el patio del ayuntamiento para ver que los horarios de atención a contribuyentes se ampliaron, que hay sillas para la comodidad de quienes están pagando impuestos, derechos o multas y que no se escatima atención especial a discapacitados y adultos mayores. Lucimos modernos y hasta con un toque humano en áreas donde la función central es recaudar dinero, ¿por qué sólo allí? Porque en otras áreas como la barandilla los familiares de detenidos no pueden cruzar  la puerta de las instalaciones, no se cuenta con una sombra ni sillas para la obligada espera y el trato que los oficiales dan a los ciudadanos parece copiado de los Muros de agua o el Apando de José Revueltas. Muchos ciudadanos pasan horas sin tener información precisa de los detenidos y sin poder verlos, sobre todo los fines de semana. Y dejemos claro: ningún problema real o imaginario de seguridad en una institución que sólo es preventiva puede justificar medidas administrativas desproporcionadas que sólo resultan en molestias innecesarias y que poco ayudan al Buen gobierno como pregona el Bando de policía. Los criterios para actuar en un lado y otro son disparejos y obligan a revisar la ética (moral es más correcto) y la responsabilidad con que deben actuar nuestros funcionarios de todos los niveles. Esto es un asunto estrechamente relacionado con los derechos humanos, pues las conductas morales e inmorales de los servidores públicos se convierten en acciones respetuosas o violatorias de los derechos ciudadanos, según sea el caso. ¿Con qué ojos vemos a los ciudadanos que llegan a las oficinas públicas municipales a reclamar servicios o en muchos casos a solicitar apoyos para enfrentar una emergencia? Que en las circunstancias de crisis actual son casos numerosos. Es el derecho a la existencia al que se refirieron Robespierre y Thomas Paine a finales de 1794 ante la Asamblea Nacional de Francia, es el acceso a la dignidad que reconocen los Artículos 1º y 4º Constitucionales, garantizando el goce de derechos, en particular a una alimentación nutritiva y suficiente y a la protección de la salud. Es el derecho a un ingreso a un recurso que los grupos más vulnerables no tienen y que el Estado (incluido el municipio) están obligados a procurarles. Seguramente el Ayuntamiento no puede resolver el fondo del problema de esos conciudadanos, pero del apoyo que pueda procurarles y las formas de trato que les ofrezca a esas personas altamente vulnerables, dependerá el cumplimiento a las normas que exigen las prácticas de gobierno, la atención al deber moral y la satisfacción de cumplir una responsabilidad como servidor público en una sociedad que aspira a niveles de democracia superior. Una sociedad es más justa cuando atiende a los desiguales de manera desigual y positiva. Los funcionarios todos son moralmente más justos si son honestos ante los valores republicanos, transparentes en su acción pública y su responsabilidad brilla si la protección del Estado (el municipio) se inclina por los débiles y no por los favorecidos de siempre. Por considerar imprescindible señalar algunos ejemplos en los que se falta a la moral y a la debida responsabilidad, es decir, en los que se violan los derechos humanos, anotamos algunos: la primera figura que resalta es el llamado abuso de autoridad donde caben entre otras acciones reprobables el uso de la fuerza pública sin causa legítima y cuando se retarda o niega a particulares protección o servicios que se tenga obligación de otorgar; la segunda es la detención arbitraria de ciudadanos; una tercera es la intimidación, cuando servidores públicos o personas bajo su acuerdo amenazan a particulares para que no denuncien faltas u omisiones de ellos; otras son la incomunicación de detenidos, multas excesivas, negativa de acceso a un servicio público y la discriminación por motivos de raza, color, sexo, creencias religiosa o preferencia sexual, entre otros. Miguel Sarre, viejo defensor del pueblo en Aguascalientes, dijo en alguna ocasión que el día en que un funcionario público vaya a la cárcel por no haber atendido con todas las de la ley a un ciudadano, ese día se habrá dado un gran paso en materia de derechos humanos. Hasta hoy no tenemos registrado el caso de algún servidor público que haya comparecido ante un juez por dicho motivo en algún rincón del país. Lo que sí está ampliamente documentado es que Sarre tuvo que abandonar el estado antes de terminar su mandato como procurador de derechos humanos, pues el gobernador Miguel Angel Barberena le dijo que ambos no cabían en Aguascalientes y el Ombudsman no esperó a que Barberena hiciera las maletas primero. Versión en PDF Foro de expresión ciudadana

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