LA TRANSPARENCIA NO PUEDE ESPERAR MÁS

- Los Senadores incumplieron con los plazos para aprobar la Ley General de Transparencia
- La opacidad del proceso legislativo estas ultimas semanas ha generado inconformidad y preocupaciones.
- Los Senadores deben publicar las posiciones de todos los actores que compartieron propuestas de modificaciones a la Ley.
- La integración de nuevos actores al catalogo de sujetos obligados (sindicatos y partidos políticos), y los procedimientos necesarios para que se garantice su transparencia y los mecanismos que deberían garantizar para acceder a la información que éstos poseen.
- La implementación de un Sistema Nacional de Transparencia que permita la coordinación de los organismos de transparencia locales con el organismo federal, actualmente el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI) que permitan homologar los procesos para ingresar solicitudes de información y para consultar información que deben hacer pública los sujetos obligados señalados en la Constitución.
- Los principios y procedimientos para que el IFAI pueda implementar las atribuciones que le confiere la Constitución al dotarlo de autonomía, entre las que se incluye la facultad de atracción de recursos de revisión donde la resolución de los organismos garantes locales ha resultado desfavorable para la persona solicitante de información y la interposición de acciones de inconstitucionalidad y resolución de controversias, entre otras.
- La falta de Leyes de Generales imposibilita la armonización de la Constitución con las leyes de de los 31 Estados y el Distrito Federal por lo que se impide concretar la aspiración objeto de la reforma constitucional de transparencia aprobada en 2014, de homologar las garantías del derecho de acceso a la información en todo el país. Se está perdiendo la oportunidad de que estas garantías sean acordes con la mayor protección de los derechos de las personas y que respeten los derechos adquiridos a través de fijar los más altos estándares a partir de las mejores prácticas que ya se implementan estados de la república o el Distrito Federal y que han sido establecidos en distintos instrumentos internacionales de derechos humanos.
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