Iniciativa Sinaloa realiza el encuentro Periodismo resiliente; estrategias de investigación y seguridad jurídica

Para fortalecer las capacidades y herramientas jurídicas para el ejercicio de la libertad de expresión de manera segura, celebramos este evento con periodistas en Mazatlán; participaron como talleristas Rubén Darío Silva, abogado de protección y defensa de Artículo 19 en México y Centroamérica, y Silber Meza, coordinador de la Unidad de Investigación de El Universal
Mazatlán, Sinaloa, a 09 de noviembre de 2024.- “Una sociedad que no está bien informada, no es plenamente libre. La libertad de expresión es una piedra angular para la existencia de una sociedad democrática y con ello, de la opinión pública y la toma de decisiones con base en información sustentada; esto fue reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, expuso Rubén Darío Silva Morales, abogado de protección y defensa de Artículo 19 para México y Centroamérica.
Lo anterior, durante el encuentro con periodistas en Mazatlán, titulado “Periodismo resiliente; estrategias de investigación y seguridad jurídica”, realizado por Iniciativa Sinaloa con apoyo del Consulado de Estados Unidos en Hermosillo.
En el encuentro, Silva Morales impartió el taller “Seguridad jurídica para periodistas”, para el que se contó con el apoyo de la UNESCO. El experto ofreció algunas recomendaciones ante diversos escenarios que pudieran enfrentar las y los reporteros durante el ejercicio de su profesión.
El periodista Silber Meza, coordinador de la Unidad de Investigación de El Universal, impartió el taller “Periodismo de investigación desde lo local”, en el que orientó a las y los presentes en la investigación de un tema a partir de una hipótesis, y la demostración a partir de pruebas.
“Sin pruebas no hay historia. La demostración de lo que decimos es nuestra principal defensa, tanto en lo físico, como lo jurídico, como en nuestro prestigio. Si no prueban lo que dicen no es periodismo de investigación”, enfatizó.
Durante el taller, convocó a las y los presentes a plantear historias, descartar que el planteamiento no se trata de interpretaciones personales o un error, y seguir la pista hasta encontrar pruebas que sustenten esa hipótesis.
Ejemplificó con reportajes como “Tren Sonora; la SEDENA contrata a red acusada de facturera”, mismo que recientemente ganó el segundo lugar del Premio Nacional de Periodismo de Investigación por parte del INAI. El trabajo periodístico partió de la hipótesis de que esa institución incurre en actos de corrupción.
A través de múltiples solicitudes de acceso a la información, los periodistas Jesús Ibarra, Silber Meza y Carlos Licón comprobaron que la Secretaría de la Defensa Nacional adjudicó un contrato de 647 millones de pesos a una empresa cuyos accionistas han participado en firmas tildadas de “factureras” y de desvío de recursos públicos.

Recomendaciones jurídicas para periodistas
Respecto a las recomendaciones para periodistas ante una posible detención o un retén, el abogado de Artículo 19 para México y Centroamérica, Rubén Darío Silva, indicó, que lo principal es saber que tienen el derecho de conocer el motivo de su detención, y de informar a alguien acerca de lo que ocurre, e incluso a ser puesto a disposición ante un agente del ministerio público para que deslinde responsabilidades, o según el término, ser presentado ante un juez de control.
Ante retenes, recomendó mantener la calma, no responder verbal ni corporalmente y tener siempre a la mano la explicación del rol del equipo, así como notificar a un contacto de monitoreo o responsables de la bitácora de la agresión y enviar información clave como geolocalización y procurar identificar a agresores, es decir, si se trata de policías, memorizar número de patrullas, o tipo de uniformes, señas particulares; cualquier dato relevante.
En caso de una demanda por daño moral a la prensa, dijo, ésta procedería cuando una persona sufre un perjuicio o lesión en sus sentimientos o afecciones a causa de una conducta ilícita de un medio de comunicación.
“Para que la demanda sea procedente, el actor debe acreditar la existencia de un hecho o conducta ilícita y que éstos afectaron a la persona en cualquiera de sus bienes”, explicó, e indicó que será el juez quien determine la cantidad económica que debe compensarse a la persona como consecuencia del daño moral. La indemnización por daño moral es independiente de la económica y se decretará aun cuando ésta no exista.
Al término del encuentro, las y los periodistas abordaron las condiciones en las que actualmente ejercen su profesión en la entidad ante el escenario de violencia que existe en la entidad desde hace dos meses, mismo que ha paralizado a la sociedad sinaloense.

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