Iniciativa Sinaloa, por abrir declaraciones patrimoniales de servidores públicos
Toda entidad pública:
p) Las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos en versión pública, desde el nivel de jefes de departamento, directores, subdirectores, subsecretarios, secretarios, hasta los titulares del Poder Ejecutivo, Gobernador y Alcaldes, o cargos equivalentes; diputados, magistrados y el presidente del Supremo Tribunal de Justicia.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. Las reformas a la presente Ley entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
ARTÍCULO SEGUNDO. El Congreso del Estado deberá legislar en materia de archivos públicos en un plazo no mayor de un año.
Culiacán, Sinaloa, a 29 de abril de 2013
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